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Es oficial el 1º Convenio Colectivo del Fútbol Femenino en España

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este sábado y de esta manera oficializó el primer Convenio Colectivo del fútbol femenino para las jugadoras de la Primera Iberdrola, después de que en los últimos días la Dirección General de Trabajo subsanase los problemas planteados por la Unión General de Trabajadores (UGT).

Este primer Convenio Colectivo para el fútbol femenino protege a la futbolista profesional, en sus puntos más destacados, en derechos por maternidad e incapacidad laboral, recoge un programa de recolocación tras su etapa de jugadora y asegura un contrato laboral acorde con la legislación y con una renta mínima de 16.000 euros al año.

El escrito del sindicato, que impugnó la cláusula impuesta por la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE) para establecer un protocolo para la elección de la representación social para la negociación o modificación del Convenio sumado a la emergencia sanitaria dada la pandemia de Coronavirus retrasaron su publicación.

El Artículo 20, el de la lista de compensación por derechos de formación, con el que los clubes impusieron recargos de hasta 500.000 euros a las jugadoras Sub-23 generó polémica. El sindicato Futbolistas ON lo denunció y pidió la nulidad -una medida a la que se adhirió el Real Madrid-.

En tanto, la Audiencia Nacional avaló la lista de compensación, al entender que fue presentada ante la Comisión Paritaria a tiempo y que la acción impide entrar a ponderar las circunstancias singulares de cada futbolista.

El 19 de febrero, tras duros meses de negociaciones, la Asociación de Clubes de Fútbol Femenino (ACFF), junto a representantes de AFE y Futbolistas ON presentaron el convenio durante un acto celebrado en el Congreso de los Diputados en Madrid. Tiempo después del paro en noviembre pasado de la Primera Iberdrola.

El convenio es retroactivo ya que, aunque se publique este mes de agosto, tiene vigencia desde el 1 de julio de 2019 hasta el 30 de junio de 2020, período ya finalizado. Sin embargo, puede ser prorrogado en su totalidad temporada a temporada si no es denunciado por cualquiera de las partes con al menos tres meses de antelación a la fecha de su finalización o a la de cualquiera de sus prórrogas.

Entre las nuevas medidas, también se encuentran vacaciones anuales retribuidas de 30 días naturales, de los que al menos 21 serán disfrutados de forma continuada y cobertura en caso de baja o incapacidad temporal del 100% de las retribuciones de la futbolista o una indemnización por muerte o lesión invalidante de 60.000 y 90.000 euros, respectivamente.

Además, en caso de embarazo de una futbolista durante su última temporada de contrato, ésta puede renovar una temporada adicional en las mismas condiciones que tenía. También se establece una jornada laboral que «en ningún caso superará las siete horas diarias, ni las 35 horas semanales en cómputo semestral».

El contrato se centra en la prevención del acoso laboral, violencia de género y en la conciliación de la vida familiar y profesional. En el caso de la violencia de género, se ofrece ayuda económica para atención a la víctima y a sus hijas e hijos además de apoyo psicológico.

Asimismo, comprende un «programa de recolocación» de las «futbolistas a la finalización de su carrera deportiva». «A tal efecto, se pacta la creación de una comisión paritaria entre los firmantes del presente convenio que establecerá diversas actuaciones para llevar a cabo un programa, llegando a acuerdos con clubes y/o diversas entidades con el fin de implementar las medidas necesarias para llevarlo a cabo», establece el  BOE.

Fuente: NIUS

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